Carta_Derechos_Minimos_Usuarios
12 febrero, 2025
Por AdminLtec

CARTA DE DERECHOS MÍNIMOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

El 25 de enero de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual la Procuraduría Federal Del Consumidor y el Instituto Federal De Telecomunicaciones, determinan los Derechos Mínimos que deben incluirse en la Carta a que hace referencia el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (el “Acuerdo”).

El reciente Acuerdo publicado, tiene como efecto abrogar el anterior Acuerdo, mediante el cual la Procuraduría Federal del Consumidor y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, determinan los derechos mínimos que deben incluirse en la carta a que hace referencia el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2015, y en consecuencia el actualizar y determinar los derechos de los usuarios que se incluyen en la carta de derechos mínimos de las personas usuarias de servicios de telecomunicaciones (Carta de derechos mínimos), misma que deben difundir los concesionarios y autorizados de manera permanente en sus respectivos portales de Internet, así como entregarla a los usuarios al contratar sus servicios.

El acuerdo entrará en vigor el 26 de febrero de 2022, por lo que todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones, deberán ajustar y actualizar sus cartas de derechos mínimos.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5641266&fecha=25/01/2022

0 Comments

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *